TRABAS PARA REALIZAR LIGADURAS DE TROMPAS EN CENTROS DE SALUD PUBLICOS DE ENTRE RIOS Nota publicada en el Diario Página/12 l viernes 3 de septiembre de 2010 Una organización que trabaja en defensa de los derechos reproductivos dio a conocer casos en que mujeres de bajos recursos y con muchos hijos no pudieron hacer la intervención. Las autoridades admiten que los médicos no conocen la ley.
Por Mariana Romero, Investigadora Cedes/Conicet, integrante del Observatorio de Salud Sexual y Reproductiva de Argentina. El sábado 21 de agosto la prestigiosa revista médica The Lancet publicó un editorial titulado “Do cry for Argentina”, haciendo referencia al informe presentado por Human Rights Watch, donde se denuncian diversas violaciones a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres de nuestro país. El informe reporta las numerosas barreras impuestas por la desinformación deliberada, las creencias personales y los intereses sectoriales que enfrentan con creciente inequidad las mujeres de distintas edades, de distintos grupos sociales y provincias de residencia para acceder a derechos y prestaciones garantizados hace varios años por leyes sancionadas en el país.
Nota de prensa publicada en diario Página/12 el 18/08/2010 UN COMITE DE LA ONU RECLAMO AL CONGRESO ARGENTINO QUE ELIMINE EL ABORTO COMO DELITO El comité que monitorea los derechos humanos específicos de las mujeres recomendó también al Gobierno que garantice el cumplimiento en todo el país de la guía de atención médica para abortos no punibles que mantiene vigente el Ministerio de Salud.
Artículo periodístico publicado el domingo 1 de agosto en Rosario/12, por Alicia Simeoni La provincia y el municipio de Rosario comienzan a distribuir mañana los formularios que los objetores de conciencia deben llenar con su firma para expresar sus objeciones. Pero preocupa que muchos médicos -que se reconocen explícitamente de esa manera o no- ocupan cargos jerárquicos en áreas de salud pública vinculadas a maternidades, ginecología y obstetricia.
A través del Decreto 1011/2010, La Presidencia de la Nación aprobó la Reglamentación de la Ley de Protección Integral a las Mujeres Nº 26.485, que refiere a la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. En este sentido, adjuntamos el decreto y el texto completo de la Reglamentación y destacamos, particularmente en el Art. 6, dos incisos que consideramos de sumo interés: Art. 6 Inc.d, Inc.e. para la defensa de los derechos sexuales y reproductivos.
Artículo periodístico publicado en el diario Miradas al Sur, por Exequiel Siddig En la ciudad de Córdoba, una niña de 11 años, violada y embarazada por un vecino –que está preso por ese delito– hace semanas recorre con su madre hospitales públicos para que le realicen un aborto. Tiene derecho. La ampara el artículo 86 del Código Penal, vigente desde 1921. Pero los médicos se niegan. Aducen “objeción de conciencia” o temor a ser demandados por organizaciones “defensoras de la vida”. Sin embargo, están obligados. Los abortos en Argentina son legales –según aquel artículo– si el embarazo puede poner en riesgo la vida o la salud de la mujer o “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”.
Artículo periodístico publicado el 24/07/2010 en Rosario/12, por Alicia Simeoni EL ABORTO NO PUNIBLE TRAS EL PROTOCOLO DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION. LOS
AVANCES EN ROSARIO Y LAS SITUACIONES QUE AUN SE DAN. El movimiento de mujeres y los profesionales de la salud coinciden en que se
avanzó mucho en los últimos años, y particularmente en la ciudad de Rosario. Los
prejuicios, temores a ser denunciadas y estigmatizaciones que todavía acompañan
a las mujeres, hacen necesario las intervenciones interdisciplinarias para
atender a la salud integral de las pacientes.
ORGANIZACIONES DE MUJERES Y DE DD.HH. RESPALDARON LA GUIA SOBRE ABORTO Nota periodística del Diario Página 12 publicada el 23 de julio de 2010 Las entidades reclamaron además al ministro Juan Manzur que la guía sea refrendada por una resolución con su firma, como había sido informado inicialmente. El CELS y otros organismos informarán en la ONU sobre la marcha atrás en la decisión.
Las organizaciones firmantes, quienes asistimos y presentamos contrainformes en la 46 sesión del Comité de CEDAW (New York) y asistimos a la presentación del Informe de Estado argentino ante el mismo Comité el día 13 de julio pasado, sentimos una profunda consternación por las recientes declaraciones provenientes del Ministerio de Salud, quien informa que su titular Juan Luis Manzur, “no ha firmado resolución alguna respecto de la Guía técnica para la atención integral de los abortos no punibles”.
Difundimos el siguiente artículo periodístico publicado en el diario Página 12 el 22 de julio de 2010. Por Mariana Carbajal
"El Ministerio de Salud dijo que fue un “error” de esa cartera difundir que la Guía de atención de abortos no punibles tenía rango de resolución. Pero se aclaró que el protocolo, ahora actualizado, mantiene vigencia y será distribuido en los hospitales para su cumplimiento."
ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD - OPS
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD - OMS
FONDO DE POBLACION DE LAS NACIONES UNIDAS - UNFPA
Evento paralelo a la XI Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, organizado por UNFPA, OPS y IPPF discutió la desigualdad de género en el acceso a los servicios de salud. Difundimos el comunicado.
Artículo publicado en el diario Página 12 el 20 de julio de 2010. Por Mariana Carbajal Juan Manzur firmó una resolución que fija un protocolo de atención de los abortos no punibles para todos los hospitales públicos del país. La norma busca evitar la judicialización de esos casos. Hace una interpretación amplia de las excepciones del Código Penal.
Artículo publicado en el Suplemento Las 12, Diario Página/12, el 09/07/10. La mortalidad materna en el país es muy elevada y uno de los mayores problemas sanitarios que afectan la vida de las mujeres en el país. Sin embargo, no es un tema que ocupe la agenda pública ni mediática.
Artículo publicado en LAS 12, suplemento del diario Página 12, por Clarisa Ercolano
Después de revisar más de 400 historias clínicas en centros de salud públicos, la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Buenos Aires concluyó que se ocultan –o se "subregistran”– dos de cada tres muertes de mujeres por causas relacionadas con la gestación. La violencia de género y la falta de políticas activas en salud reproductiva como causa principal en el fallecimiento de mujeres jóvenes.
Lo resolvió el cuerpo luego de un extenso debate en la Sala de Sesiones de la Ciudad Universitaria. El proyecto contó con veintidós votos a favor y once negativos.
Nota publicada en Rosario 12 el 28-6-2010, por Sonia Tessa La provincia envió los formularios a todos los hospitales y centros de salud, donde los profesionales deberán detallar si objetan alguna práctica. Con esa información, se reorganizará al personal para que los servicios estén disponibles.
Artículo publicado en Artemisa, por Carolina Escudero, 23/06/2010 Una médica experta en género,( Mabel Bianco Presidenta de la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), una organización de mujeres (Colectiva Feminista La Revuelta) y el Ministerio de Salud de la Nación plantean una serie de pautas y recomendaciones a tener en cuenta para saber cómo actuar ante ginecólogos abusadores.
Artículo publicado en Artemisa, por Carolina Escudero
El abuso sexual también puede suceder en el consultorio ginecológico. Tres casos, de Neuquén, Santa Fe y Olavarría, se sumaron a las denuncias de esta índole ante la justicia. Si bien estos hechos parecen muy difíciles de probar, los escraches aparecen como una modalidad efectiva. Las organizaciones de mujeres y la web son el punto de encuentro y referencia para afrontar estas circunstancias.
Es la directora regional de la Federación Internacional de Planificación Familiar. En la Women Deliver 2010, que finaliza hoy en Washington, expuso sobre las adolescentes madres en la región. En esta entrevista repasa ese fenómeno y el problema del aborto inseguro. Compartimos la nota publicada en el Diario Página 12 el día 09/06/2010, por Mariana Carbajal
Nota publicada en el Diario Página 12 el 7-6-2010
Según la OMS, la mortalidad materna es la principal causa de fallecimientos en la población femenina en edad reproductiva. La Women Deliver 2010, en Washington, reúne a tres mil representantes de 140 países, en busca de esfuerzos y fondos.
El 20 de mayo la Legislatura de la provincia de Chubut sancionó por unanimidad, la ley que aprueba la creación de un protocolo de actuación para médicos que se desempeñen en establecimientos dependientes de la Secretaría de Salud, que garantiza sin necesidad de acudir a la Justicia, "el acceso oportuno y en condiciones de igualdad a la interrupción de la gestación en los casos de aborto permitido, enunciados en los incisos 1 y 2 del artículo 86º del Código Penal". Los/as invitamos a conocer los detalles de esta ley.
Nota publicada en Boletín Digital enREDando En el marco del Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, se realizaron en todo el país diferentes acciones callejeras tendientes a dar visibilidad al derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo, a la educación sexual y asistencia médica segura y gratuita. El movimiento de Mujeres Autoconvocadas de Rosario (MAR) abrió el debate en la peatonal Córdoba, llamando a adherir a la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito, para lograr su tratamiento en el Congreso. El proyecto de ley ya cuenta con la adhesión de 46 diputados/as de diferentes bloques.
Nota publicada en el Diario Página 12. Viernes 28/05/2010 - Por Mariana Carbajal
Ana Langer, especialista en salud reproductiva, sostiene que penalizar el aborto es “castigar a las víctimas de la falta de acceso a la anticoncepción”. Hoy se presenta un observatorio que busca poner en la agenda el tema de la mortalidad materna
Publicamos la Ley 26.485 o “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, sancionada el 11 de marzo de 2009 y promulgada el 1 de abril de 2009. En su artículo 6, la ley define las modalidades de la violencia contra las mujeres, o sea las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos. En principio, abarca las tres esferas (doméstica, comunitaria y estatal) donde la Convención de Belém do Pará exigía protección del Estado. El artículo cita 6 modalidades de violencia: doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática.
Por Mariana Carbajal - Diario Página 12
Desde el próximo viernes se podrá llamar desde todo el país a una línea gratuita para saber cómo acceder a un aborto no punible sin obstáculos, dónde realizarse un Papanicolaou, una vasectomía gratuita o conseguir píldoras anticonceptivas en un centro de salud cercano, entre otras preguntas. En una iniciativa que marca un compromiso político con la temática, el Ministerio de Salud de la Nación lanzará la línea 0800-222– 3444 para responder preguntas sobre derechos sexuales y reproductivos. El contenido de las llamadas será confidencial.
El Equipo del Observatorio pone a dispocisión de todos y todas, la actual Ley Nacional de Parto Humanizado Nº 25.929 sancionada el 25 de agosto del año 2004, y la Guía Técnica para la Atención de Abortos No Punibles, ya que consideramos necesario publicar y difundir las herramientas legales para la defensa de los derechos sexuales y reproductivos.
Por Mariana Carbajal - Diario Página 12
Cómo reducir la mortalidad materna y el embarazo adolescente, cómo lograr que la maternidad no sea una imposición. Un Congreso Latinoamericano de Derechos Sexuales y Reproductivos celebrado en Guatemala propuso duplicar la inversión en salud sexual, garantizar la educación en sexualidad y avanzar en la despenalización del aborto.
Publicamos y ponemos a disposición de los/as alumnos/as, el programa correspondiente al año 2010 de laMateria Electiva "Salud y Derechos Humanos" de la carrera de Medicina de la Universidad Nacional de Rosario. Esta cátedra es dictada por el Instituto de Género, Derecho y Desarrollo (Insgenar) desde el año 2004 y continúa hasta la fecha con el objetivo de profundizar en el estudio y debate específico del derecho humano a la salud, su conexión con otros derechos y las condiciones de su disfrute, a través de la aplicación de sus instrumentos y mecanismos tanto del sistema universal como regional. Este programa fue elaborado colectivamente por el equipo docente que figura al inicio del mismo y ha sido corregido año a año.
Desde el Observatorio en Salud, Género y Derechos Humanos nos proponemos realizar una investigación de carácter exploratoria acerca del trato que reciben las y los adolescentes por parte de los servicios de salud, teniendo en cuenta tanto los aportes de las personas que trabajan en el sistema de salud (gestores o decisores de políticas e intervenciones en salud sexual y reproductiva) como las voces de las y los adolescentes respecto a dicho trato. Se trata de hacer foco si los servicios cumplen con los estándares internacionales para adolescentes, especialmente si son confidenciales, amigables y seguros en materia de sexualidad y reproducción e indagar cuáles son las barreras (u obstáculos) para el acceso a los mismos.
El secreto médico es uno de los principios más antiguos que rigen la práctica médica. El juramento hipocrático señala:
"Guardaré secreto acerca de lo que oiga o vea en la sociedad y no sea preciso que se divulgue, sea o no del dominio de mi profesión, considerando como un deber el ser discreto en semejantes casos."
La obligación de guardar secreto profesional no se encuentra sólo en el ámbito de la medicina. Los ministros de un culto admitido, abogados, procuradores, escribanos y, en determinadas circunstancias, los militares y funcionarios públicos también están amparados por el secreto sobre los hechos que hubieren llegado a su conocimiento en razón del propio estado, oficio o profesión.2 Sin embargo, el respeto por la confidencialidad adquiere excepcional relevancia cuando se trata de servicios de salud.